Los emprendedores mexicanos no solo debían enfrentar las dificultades inherentes a todo emprendimiento, como tener una idea única, planificar su desarrollo, llevarla a cabo, contratar el personal idóneo y reunir los fondos necesarios para ponerlo en marcha, sino que además debían sortear la burocracia estatal y desembolsar una gran cantidad de dinero para crear su empresa. Es por ello que muchos eran reticentes a dejar la seguridad de sus ingresos para lanzarse en busca de nuevos emprendimientos y otros iniciaban su proyecto de manera informal. Para crear una empresa era necesario esperar de 25 a 30 días y era necesario abonar entre $15 mil y $30 mil pesos en registros, actas constitutivas y la propiedad intelectual. La nueva ley de empresas en 1 día con costo 0 resolverá esto.
Afortunadamente, los legisladores aprobaron la modificación a la Ley de Sociedades Mercantiles, lo que permite que sea posible abrir una empresas, lo que resultará un gran beneficio para los casi 30 millones de emprendedores informales que existen en México sino también a aquellos que desean aventurarse con un emprendimiento. Esta modificación también incluye el desarrollo de un sistema electrónico de Sociedades Mercantiles que permitirá la apertura, la liquidación o la disolución de empresas a través de formularios sencillos.
La ley, que surgió como respuesta a la demanda de la Asociación de Emprendedores de México (ASEM), ya cuenta con antecedentes en otros países, como es el caso de Chile, Colombia y Perú. De hecho, Chile fue el precursor en estas iniciativas y de acuerdo a las cifras oficiales, esta fue un éxito. Según el informe del Registro de Empresas y Sociedades (RES) del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se crean 140 empresas por día y del 80% de los que realizaron en trámite de inicio de actividades, un 40% ya abonaron impuestos sobre las ventas, lo que indica que se encontraban generando ingresos.
¿Qué es lo que debes saber acerca de esta nueva ley?
1) Si buscas registrar a tu empresa a través del nuevo sistema de “Sociedad de Acciones Simplificada” los ingresos de la misma no deben sobrepasar los 5 millones de pesos anuales.
2) Podrás constituir tu sociedad con una o más personas físicas pero estas no podrán ser accionistas de ninguna otra sociedad mercantil.
3) Luego de que el Ejecutivo publique la norma en el Diario Oficial de la Federación, deberá implementar el portal digital para que puedas registrar tu empresa en un plazo de seis meses.
4) Este portal estará vinculado con el Servicio de Administración Tributaria y con el Seguro Social.
5) Este trámite electrónico simplificado sustituye a los que debías realizar anteriormente, que consistía obtener el Registro Federal de Contribuyentes, obtener un nombre ante el Registro Público de la Propiedad y validar los estatutos de la nueva empresa ante un notario.
6) El trámite es gratuito.
7) Deberás tener tu Firma Electrónica Avanzada (FiEL) y tener la posibilidad de abrir una cuenta bancaria ese mismo día y en tan solo dos horas, tendrás abierta tu empresa sin necesidad de moverte de tu casa.
8) Utilizar los servicios de un notario o de un fedatario dependerá de tu elección personal, pero ya no es un requisito indispensable, lo que te permitirá ahorrar el alto costo que representaban sus honorarios.
9) En el trámite en línea podrás redactar el acta constitutiva (el objeto social o los estatutos), podrás protocolizar esta acta, obtener el folio del registro público y darte de alta en el SAT, IMSS y RPPC de manera inmediata.
Este es un gran paso para los emprendedores y las PYMES, ya que fomentar su apertura y su formalización es fundamental para todos los actores. Con esto se busca que dejen la informalidad ya que este registro en línea da como resultado el registro automático ante el SAT, bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).